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Una juez no aprecia fraude de ley en la colocación de la ikurriña en el cohete de Tafalla

10 marzo, 2016 por La Voz de la Merindad Deja un comentario

Avala que se izara la bandera vasca como acto de cortesía por la presencia dos parlamentarias vascas invitadas por el alcalde

2015-08-14. Tafalla. Jaien hasiera. Irudian, ikurrina udaletxeko balkoian Europakoaren ordez. 14-08-2015. Tafalla. Comienzo de las fiestas En la imagen,  la ikurriÒa en la balconada a cambio de la bandera europea.

La titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Pamplona ha desestimado el recurso presentado por la Abogacía del Estado contra la colocación de la ikurriña en el Ayuntamiento de Tafalla el 14 de agosto del pasado año en el momento del lanzamiento del cohete anunciador de las fiestas al no apreciar fraude de ley.

En la sentencia, que puede ser recurrida ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), la magistrada condena en costas a la Abogacía del Estado.

Esta es la octava sentencia dictada al respecto en el último mes. El Juzgado de lo Contencioso número 1 desestimó el recurso de la Abogacía del Estado en el caso de las fiestas de Berriozar, mientras que el Juzgado de lo Contencioso número 2 vio fraude de ley en la actuación de los ayuntamientos de Pamplona, Estella, Leitza, Etxarri-Aranatz, Oteiza y Lakuntza. La sentencia de Berriozar ha sido ya recurrida ante el TSJN.

En el supuesto de Tafalla, la juez explica que la ley foral de símbolos permite de manera extraordinaria la colocación de otras banderas cuando sea un acto de cortesía con autoridades de un país, comunidad autónoma o entidad local invitadas oficialmente por la autoridad competente del territorio y durante el periodo de su visita oficial. Al respecto, la magistrada relata que por parte del alcalde de Tafalla se cursaron invitaciones para que acudieran al chupinazo a tres parlamentarias vascas, dos de las cuales aceptaron y acudieron. Por tanto, para la juez, la conducta municipal se ajustó al citado artículo de la ley foral de símbolos, “ya que existió visita de dos autoridades a las que se invitó de manera oficial”, por lo que el alcalde decidió “hacer ondear la ikurriña única y exclusivamente mientras duró su visita como acto de cortesía hacia dichas autoridades invitadas”.
La juez no coparte el razonamiento del abogado del Estado y considera que “la visita era oficial” porque constaba una invitación cursada por el alcalde de la localidad. Asimismo, según añade, “si bien las parlamentarias vascas no ostentan la representación de la Comunidad Autónoma Vasca, que corresponde en exclusiva al Lehendakari, sí tienen la condición de autoridad”.

 

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La familia de Requena exige decisiones justas

9 noviembre, 2015 por La Voz de la Merindad Deja un comentario

Comunicado de la familia P1060347La familia de Roberto Requena ha emitido un extenso comunicado con sus impresiones sobre la sentencia fallada la semana pasada y el juicio en sí. A lo largo del texto dan sus razones acerca de lo acontecido en el juicio y finalizan solicitando que los responsables judiciales tomen decisiones justas y  piensen también en los derechos de las víctimas. Asimismo, instan a los acusados y a sus familiares “a que tengan la valentía y honradez de esclarecer la verdad, dadas las contradicciones y mentiras que han relatado durante estos meses,  que se abstengan de realizar actitudes y provocaciones que puedan incrementar el dolor de los allegados, y rehagan sus vidas lejos de la familia y amigos de la víctima, evitando generar más problemas en Tafalla”.
Finalmente, agradecen las muestras de solidaridad y cariño que les ha manifestado toda la vecindad. Comunicado de la familia

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El juez aprecia indicios de insolvencia punible y falsedad documental en la exalcaldesa de Tafalla

2 septiembre, 2015 por La Voz de la Merindad Deja un comentario

El magistrado estima que los siete socios imputados justificaron haber percibido 93.326 euros de una empresa insolvente con un acta fechada en 2007 pero elaborada no antes de 2013

Cristina Sota, exalcaldesa de Tafalla (UPN)

Cristina Sota, exalcaldesa de Tafalla (UPN)

El titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Pamplona aprecia indicios de la existencia de un delito de insolvencia punible y otro de falsedad documental por parte de la exalcaldesa de Tafalla Cristina Sota y otras seis personas encausadas más por su supuesta responsabilidad al frente de una empresa constructora de la que era socia y que estaba en una situación de insolvencia. En el auto, que puede ser recurrido, el magistrado da traslado al fiscal y las acusaciones particulares personadas para que en el plazo de diez días soliciten la apertura del juicio oral o el sobreseimiento. Según expone el juez, resulta “indiciariamente acreditado” que los siete imputados percibieron de la entidad Construcciones y Reparaciones La Nava SL, “que estaba en una situación en la que no podía afrontar las deudas con sus acreedores”, la cantidad de 93.326,90 euros. Al respecto, añade que los encausados aportaron a la administración concursal de dicha entidad para su justificación un acta de la Junta General fechada el 6 de septiembre de 2007 “y que había sido elaborada no antes del año 2013 para su aportación a la administración concursal”.
Del relato de hechos expuesto, prosigue el magistrado, y sin perjuicio de lo que determine en su día el juez o tribunal sentenciador, tras la incorporación a su patrimonio societario de la citada cantidad, se creó por parte de los socios “una apariencia documental para su justificación” a la que nunca antes se había hecho referencia y que “contenía cita de legislación posterior a su fecha nominal”.

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